¿Podrán los clientes de Dentix recuperar lo que han pagado por adelantado?

¿Cómo sé si mi contrato de financiación está vinculado al contrato de servicios de Dentix?

¿Hasta dónde llegan los derechos de los consumidores afectados frente a las entidades financieras?

Desde febrero de 2020, miles de pacientes de las Dentix se han visto afectados por la crisis que ya se venía gestando desde hace tiempo en esta red de clínicas dentales. Los consumidores aducían estar desatendidos, sufrir retrasos injustificados en sus tratamientos etc

En marzo, Dentix anunció haberse acogido al art. 5bis de la Ley Concursal, declarándose en situación de pre-concurso. Esta situación, unida a los meses consecutivos en estado de alarma en España, dilató aún más la incertidumbre y la espera a la que los clientes se Dentix han tenido que hacer frente.

Finalmente, la famosa red de clínicas dentales no ha podido llegar a un acuerdo con los posibles inversores, y de ha declarado en concurso de acreedores, cerrando sus puertas a unos 100.000 pacientes, que ahora se encuentran con tratamientos sin terminar, muchos de ellos habiendo abonado ya la totalidad de los mismos por adelantado.

¿Podrán los clientes de Dentix recuperar lo que han pagado por adelantado?

Aquellos consumidores que hayan abonado sus tratamientos por adelantado a través de la financiación que se ofrecía en las propias clínicas, pueden ejercer sus derechos directamente frente a la entidad financiera, al tratarse de un contrato de crédito al consumo de carácter “vinculado”.

¿Cómo sé si mi contrato de financiación es de carácter vinculado?

La respuesta se encuentra en la Ley de Contratos de Crédito al consumo, que en su artículo 29 define los contratos vinculados como aquellos en los que el crédito contratado sirve exclusivamente para financiar un contrato relativo a la prestación de servicios específicos y ambos contratos constituyen una unidad comercial desde un punto de vista objetivo.

Por tanto, para aquellos supuestos en los que la financiación se contrataba directamente desde las clínicas, está clara la naturaleza de contrato vinculado de dichos créditos. No obstante, ante cualquier duda, siempre puedes contactar con nosotros y te ayudaremos. Algunas de las financieras que han colaborado con Dentix son: Banco Cetelem, Pepper Money, BBVA, Abanca…

¿Qué alcance tiene el ejercicio de los derechos de estos consumidores frente a las entidades financieras?

En gran medida, debido al precedente que hemos tenido en España con el cierre de Idental, los Tribunales se han ido pronunciando acerca del alcance del derecho del consumidor a ejercitar las mismas acciones frente a la empresa prestadora de servicios (clínica dental) y a la entidad financiera con la que suscribe el préstamo.

En este sentido, se ha delimitado el alcance de este derecho a lo que se denomina “objeto prestaciones”, que no es otra cosa que valor del servicio prestado que haya sido objeto de financiación. En términos económicos, este alcance queda reducido, por tanto, al importe financiado  que corresponda con los servicios que no se han prestado o que se han prestado incorrectamente.

En consecuencia, de acuerdo con los pronunciamientos judiciales mayoritarios, no consideramos jurídicamente viable pedir a la entidad financiera una indemnización por daños y perjuicios, pero sí podremos solicitar la resolución del contrato de préstamo, y en algunos casos también la devolución de todas aquellas cantidades que se hayan abonado en concepto de tratamientos no realizados o realizados incorrectamente (por ejemplo, incompletos).

Si eres un afectado por el cierre de Dentix y has financiado tu tratamiento, en mi Despacho podemos analizar tu caso. Contacta con nosotros sin compromiso. Los medios ya se han hecho eco de nuestros éxitos judiciales frente a las financieras.